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Aprobaron el protocolo antipiquetes

El miércoles 17 de febrero, el Consejo de Seguridad Interior sesionó en Bariloche y con el apoyo del 80% de las provincias, se aprobó el protocolo para manifestaciones públicas, precisamente, el mismo día en que se realizaban más de cien piquetes en todo el país, para exigir la liberación de Milagro Sala.

El protocolo antipiquetes establece que habrá una negociación antes de desalojar un corte de calle, pero también, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, dejó claro que no se permitirá que la calle se convierta en un caos.

Asimismo, Bullrich informó: "El gobierno del presidente Mauricio Macri no quiere que, durante los próximos cuatro años, las calles sigan siendo un lugar diario y permanente de problemas". “Queremos cambiar la cultura del corte", añadió.

Cada provincia y la ciudad de Buenos Aires deberán adecuar el protocolo a sus características, sus códigos contravencionales, sus códigos de procedimiento y establecerán el momento para dar intervención a la Justicia en virtud de las facultades no delegadas de las provincias garantizadas por la Constitución Nacional.

Esto no significa que se coarte la libertad de protestar, ya que cuando se programe una manifestación, deberá notificarse previamente a los Ministerios de Seguridad de cada área, que posteriormente se pondrán en contacto con los líderes de la manifestación, a fin de que se encauce la misma en el marco del presente Protocolo y las leyes vigentes. Se coordinaran las mismas de acuerdo a las características para establecer su recorrido, tiempo de duración y realización, dando aviso a la Justicia. Asimismo se establecerá un espacio de negociación para que cese el corte y se dará aviso a la Justicia.

Las fuerzas deberán actuar conforme a los límites que les impone la ley, y cumplirán el deber de garantizar la libre circulación de personas y bienes disponiendo con criterio objetivo la táctica a utilizar, con atención preferencial de personas que requieran una protección especial de sus derechos, tales como niños, adolescentes, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con discapacidad.

El Jefe del Operativo de Seguridad impartirá la orden a través de altoparlantes, megáfonos o a viva voz, anunciando a los manifestantes que deben liberar las vías de circulación de tránsito, deberán retirarse y ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos constitucionales, garantizando siempre la libre circulación. Deberá advertir, además, que ante el incumplimiento de dicha instrucción, estarán violando el artículo 194 del Código Penal, sobre las contravenciones previstas en cada jurisdicción. Si no acatan la orden se procederá a intervenir y disolver la manifestación.

Este nuevo protocolo también señala que "si entre los manifestantes se encontraren personas y/o grupos de personas que inciten a la violencia y/o porten elementos contundentes y/o armas de cualquier tipo, o utilicen fuego, combustibles, elementos explosivos o inflamables, agentes químicos, pirotecnia, o cualquier otro artículo que pudiere dañar la integridad de las personas, de los miembros de las FFSS, los bienes que se encontraren en el lugar de la protesta, y el medioambiente, las FFSS procederán a aislar e identificar a dichas personas, tomar las medidas necesarias para prevenir la posible comisión de delitos y proceder al secuestro de los elementos contundentes".

En el caso de que "se provocaren daños con motivo u ocasión de la manifestación se procederá a detener a los autores del hecho en virtud de la infracción al artículo 183 del Código Penal, o el que en definitiva resulte de la investigación a llevarse a cabo, dándose inmediata intervención al Juez o Fiscal competente". También indica que "se promoverá la acción civil contra el causante del daño, la entidad con personería jurídica o gremial a la que pertenezca, contra sus representantes legales o administradores de hecho y/o contra quien corresponda, con el objetivo de que se repongan los bienes dañados".

"Ante la comisión de delitos de acción pública, se procederá conforme a las normas vigentes y las directivas que el Juez o Fiscal actuante impartieren. Si durante la manifestación hubiere detenidos, se les informará el motivo de su detención, se dará lectura de sus derechos y se procederá a su inmediato traslado, quienes deberán ser puestos a disposición de la Justicia, asegurando los medios probatorios", agrega.

La normativa remarca que "el uso de la fuerza debe limitarse siempre al mínimo posible, como respuesta para superar ordenadamente la resistencia de quienes cometan delitos de acción pública y ante situaciones de legítima defensa".


www.conozcarecoleta.com.ar (4638) - Publicado: 18/02/16