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Nuevo Código Urbanístico

La Legislatura porteña aprobó el nuevo Código Urbanístico que modifica algunos temas a tener en cuenta en los locales del rubro gastronómico.

Entre esos cambios, se modifica la cantidad de clientes admitida en relación con la superficie del local y habrá baños mixtos.

Antes de la aprobación del nuevo Código, se hicieron audiencias públicas en las que las Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC) reclamó una serie de cambios que, aseguran en las cámaras, fueron incorporados. Algunos de estos cambios modificarán también los hábitos de los porteños, siendo el más notorio la admisión del uso compartido de los servicios de salubridad entre el público y el personal y eliminando los baños por sexo.

En cuanto a la cocina, ahora podrá conformarse como un espacio para cocinar integrado al salón comedor, debiendo contar con una campana conectada al ambiente exterior para la evacuación de humo, vapor, gases y olores. Tampoco serán obligatorios los depósitos de alimentos para locales con una superficie menor a 250 m2.

Asimismo, en virtud de la devaluación que nos afecta, crece el turismo en la ciudad y quieren propiciar la construcción de más hoteles.

También hay importantes reglamentaciones para asistir a los clientes discapacitados. Los locales preexistentes que posean salón comedor de hasta 70 m² de superficie para la permanencia de público y que presenten barreras arquitectónicas que dificulten su accesibilidad, podrán construir rampas o sustituirlas por rampas asistidas o plataformas de elevación mecanizadas u otros medios de accesibilidad.

Atendiendo el reclamo de empresarios, particularmente de Puerto Madero, se ha modificado la cantidad de clientes admitida en relación a la superficie del local. Se exigían tres metros cuadrados por comensal (para recibir 100 personas un local necesitaba un espacio de 300 m2), cuando a una escuela le piden 1,5 m2 por persona. Con las modificaciones el factor de ocupación pasó a una persona por m2 en zonas de concurrencia de pie, mostradores y barras; y una persona por 1,5 m2 en zonas de concurrencia sentada.


www.conozcarecoleta.com.ar (2113) - Publicado: Martes 18/12/18